Plan Internet para todos
La Resolución 073-02-CONATEL-2005, que norma la operación de los denominados “Centros de Información y Acceso a la red de Internet “ o “Ciber Cafés” en el artículo 13, dispone:
Artículo 13.- Dentro del “Plan de difusión y masificación del uso de Internet” y de las políticas del Consejo Nacional de Telecomunicaciones para la conectividad en el Ecuador se crea el Plan “Internet para todos”, bajo los siguientes principios de operación:
- El objetivo del Plan “Internet para todos” es promocionar, facilitar y permitir el acceso de los sectores más vulnerables de la sociedad, que por su condición
económica, social, cultural, étnica o localización geográfica tienen escasa posibilidad de acceder a la red de Internet.
- Los centros de información y Acceso a la red Internet o “Ciber cafés” que deseen formar parte del Plan “Internet para Todos” podrán manifestar su
voluntad expresa de hacerlo al momento de registrarse en la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones, o en cualquier momento posterior una vez
obtenido el correspondiente registro.
- Como prestación social al ser parte del Plan deberá permitir el uso del 40% del total de los terminales para navegación gratuita y correo electrónico a los
miembros de gremios, asociaciones, fundaciones o instituciones que sean designadas por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones como beneficiarios del Plan.
- La aplicación de este Plan para la navegación gratuita y correo electrónico se realizará por 4 horas diarias, de conformidad con el horario establecido en el
Registro, el cual deberá ser debidamente difundido.
- En casos especiales la Secretaría podrá autorizar a los Centros de Información y Acceso a la Red Internet a conectarse a los Proveedores del Servicio de
Internet mediante enlaces propios, siempre y cuando se verifique la imposibilidad de medios de acceso de empresas debidamente autorizadas o que la calidad de los servicios finales o portadores en dicha localidad no garantiza la calidad del servicio.
- Aquellos Centros de Información y Acceso a la Red Internet que participen del Plan “Internet para todos” se encuentran exentos del pago de derechos
establecidos en el artículo diez de la presente resolución.
- Sin perjuicio de que en el futuro, el Consejo Nacional de Telecomunicaciones incluya otros gremios, asociaciones, fundaciones o instituciones, se consideran beneficiarios del Plan“Internet para todos” a:
- Alumnos de instituciones de educación primaria, secundaria y superior.
- Docentes de instituciones educativas.
- Médicos colegiados.
- Personal de Fuerzas Armadas y Policía Nacional."
En caso de ser beneficiario del Plan "Internet para todos", le recomendamos ubicar el Ciber café que sea parte del Plan, y se encuentre más cercano a su domicilio, para poder hacer el uso de navegación gratuita y correo electrónico.
A continuación, encontrará el listado de los Ciber cafés registrados en esta Secretaría (a julio 24 de 2006)